Preguntas frecuentes

Preguntas frecuentes sobre la hoja de ruta electrónica

Respuestas breves basadas en la normativa vigente para empresas y profesionales del transporte público de viajeros por carretera.

La hoja de ruta será necesariamente digital desde el 5 de octubre de 2026 y deberá generarse antes del servicio como PDF nativo con QR, URL directa y conservación mínima de un año.

Cómo utilizar estas respuestas

Las preguntas resumen el régimen general. Un servicio puede estar sometido a requisitos adicionales por su modalidad, autorización, contrato o normativa específica.

Cuando exista una duda sobre una expedición concreta conviene revisar la autorización y consultar al órgano competente o a un profesional especializado.

Preguntas frecuentes

¿Desde cuándo es obligatoria?
Desde el 5 de octubre de 2026 para la hoja regulada por la Orden FOM/1230/2013.
¿Afecta a mercancías?
Esta web trata viajeros. El transporte público de mercancías tiene su propio documento electrónico de control y debe consultarse en DocumentoDeCA.es.
¿Qué autobuses están obligados?
Como regla general, los destinados a transporte público de viajeros. La Orden contempla exenciones para determinadas expediciones regulares de uso general y de uso especial.
¿Qué datos debe contener?
Transportista, contratante, origen, destino, fecha, matrícula, conductor y naturaleza del servicio; además de paradas intermedias cuando proceda.
¿Cuándo se genera?
Siempre antes del inicio efectivo del servicio. La aplicación registra la fecha y hora.
¿Puede ser un PDF escaneado?
No. Debe generarse de forma nativa digital desde datos estructurados.
¿Cuál es el tamaño máximo?
5 MB.
¿Debe incluir QR?
Sí. El QR incorpora la URL única y específica del documento.
¿Cómo debe ser la URL?
HTTPS con TLS 1.2 o superior y descarga directa del PDF, sin autenticación ni pasos manuales.
¿Puede expirar el enlace?
No antes de finalizar el servicio. Puede desactivarse la descarga siete días naturales después.
¿Cuánto se conserva?
Al menos un año.
¿Qué lleva el conductor?
Una copia electrónica en un móvil o una copia impresa, ambas con QR. También puede llevar el QR por separado.
¿Puede mostrar solo el QR?
Sí.
¿Qué ocurre si cambia un dato?
Puede modificarse el PDF manteniendo trazabilidad o generarse uno nuevo. La versión actualizada debe llegar al conductor.
¿Se pueden agrupar servicios?
Sí, identificando claramente origen, destino, fecha y naturaleza de cada servicio y, si cambian, conductor y matrícula.
¿Hace falta firma?
No para la validez de la hoja. Si se firma por finalidad contractual, se utiliza al menos firma electrónica avanzada.
¿Hay que comunicar el dominio?
No.
¿Se puede imprimir?
Sí, como copia del documento digital con su QR. Las anotaciones manuscritas no modifican el documento válido.

Fuentes oficiales

Contenido informativo revisado el 22 de agosto de 2026. No sustituye el análisis jurídico de un servicio concreto ni los posibles requisitos de la Administración competente.